Desde épocas pasadas, el Derecho ha jugado un papel muy importante en la vida del ser humano. Debido a que el hombre es un ente social por naturaleza, tiene una imperiosa necesidad de convivencia. Ante esto, se deben regular todas las relaciones humanas, para evitar los posibles conflictos que se presenten entre los hombres. Con el paso del tiempo se ha observado que el Derecho es la mejor herramienta para solucionar tales conflictos. Recordemos entonces, que por tales características el hombre está sujeto a leyes naturales y sociales; a la ley natural por su propia naturaleza biológica, y a la social, porque convive en sociedad. Entonces, se puede decir que las leyes de la naturaleza están asociadas al mundo del ser. El Derecho, que tiene una naturaleza normativa, a través de los modelos de conducta incluidos en un ordenamiento jurídico, constituye criterios de comportamiento a los que están sujetos los destinatarios de un sistema. Su contenido pertenece al mundo del ser y dirigido al deber ser, dado que los individuos deben ajustarse a esas conductas para que el modelo social propuesto por el Derecho pueda establecerse. Desde la antigüedad, los pueblos han tenido diversas clases de valores, costumbres y religiones, que han recopilado a través de códigos, a fin de que todos los miembros de la sociedad cuenten con modelos de conducta a seguir necesarios para mantener el orden y la paz pública y en conjunto puedan alcanzar el bien común. Al respecto, las normas jurídicas y el Derecho en general, debido a sus características, han sido las herramientas por excelencia, como lo es la coacción, que han permitido generar orden en dichas sociedades.
Generalidades del Derecho
La naturaleza del hombre es eminentemente social; éste necesita de la vida en sociedad como condición indispensable para su conservación, desarrollo y realización. En ella, el ser humano tiene múltiples tipos de relaciones o vínculos sociales que son creados por las mismas necesidades de convivencia; así nace la primera agrupación a la cual pertenece, la familia, y las primeras figuras jurídicas, lo que el Derecho denomina “parentesco”. Debido a que las necesidades individuales se van acrecentando, el número de vínculos sociales también aumenta, creando entre los hombres círculos más extensos; así, a partir de la célula básica, es decir la familia, fueron apareciendo diversos agrupamientos sociales con diferentes fines, como los que tienen que ver con la religión, la política o el esparcimiento, hasta las más acabadas como el municipio, las entidades federativas y el Estado mismo. La sociedad para su progreso y mejoramiento, requiere de un orden para la convivencia armónica de los individuos, así es como el Derecho se da como “un elemento de coordinación que surge naturalmente y constituye una condición de vida de la colectividad” (García 1991, p. 10). Debido a que los individuos son diferentes y a que sus objetivos, circunstancias y expectativas son distintos, es de suma importancia que cuenten con principios y reglas que les faciliten la vida en la sociedad, ya que generalmente en las relaciones sociales existe un sin número de choques o conflictos de intereses. En este sentido, si cada quien tuviera entera libertad para alcanzar sus objetivos e intereses propios sin limitación alguna, pronto existiría el caos y el desorden y se haría imposible cualquier tipo de convivencia; para evitar este tipo de situaciones es que surgió la necesidad de establecer un orden impuesto a través del Derecho. Una de las finalidades del derecho es pues, procurar la paz y armonía sociales; su desarrollo es paralelo al de la historia de la humanidad.
Una vez que los primeros grupos sociales desarrollaron relaciones sociales y económicas, establecieron reglas para esas interrelaciones. A medida que la sociedad generaba productos, los intercambios se incrementaron y, con ellos, el número y complejidad de sus reglas.
Así, el Derecho regulará el comportamiento del hombre, y tendrá influencia en diversas áreas como la religión, la moral, la educación y lo social, y será el ordenamiento establecido por una particular sociedad, destinado a regular los actos de los hombres y las mujeres en sus relaciones. Dichas reglas indicarán al individuo lo que debe o no hacer, según las circunstancias, independientemente de lo que piense. Estas reglas servirán para saber cómo actuar dentro de su sociedad. En este sentido, Pereznieto (2009, p. 3) sostiene que “a la regla de regulación de conductas, que es un objetivo en la sociedad (evitar la violencia) es necesario otorgarle la máxima efectividad posible pero como ésta no basta, se establece la vía para dirimir los conflictos ante tribunales”. Es decir el Derecho tiene la particularidad de ser de carácter obligatorio ya que impone deberes, y establece los medios necesarios para el cumplimiento de esas obligaciones, para lo cual dentro de la organización estatal se crean los organismos encargados de imponer deberes, otorgar derechos y velar por su cabal cumplimiento.
Definición
Como lo hemos establecido en el punto anterior, el Derecho juega un papel muy importante en la vida de los hombres y las mujeres pues regula todas las relaciones humanas, para evitar conflictos que surjan entre ellos y ellas. Así éste ha sido considerado la herramienta por excelencia para ello. Ahora, continuaremos con la definición del derecho, tarea nada sencilla ya que como lo señala Atienza (2003, p. 33) esta misión “ha traído por la calle de la amargura a no pocos juristas; en especial, a los que estudian el Derecho desde un punto de vista muy general” y ha sido motivo de discusión ya que muchos teóricos del derecho han dedicado mucho tiempo en ello. Aunado a lo anterior, las perspectivas desde las que la gente puede contemplar el Derecho son distintas y depende de un gran número de factores, su posición social, ideología profesión etc., lo que le llevará a tener concepciones distintas del mismo.
Por ello es necesario explorar las definiciones de los teóricos que se han preocupado por definir y delimitar de manera más profunda la palabra “Derecho” y que agregan muchos más elementos a la definición. Uno de los teóricos que aborda esta problemática es Eduardo García Máynez (1992, p. 36), quien en su definición sostiene que: “El Derecho, en su sentido objetivo, es un conjunto de normas, reglas que, además de imponer deberes conceden facultades. La autorización concedida al pretensor por el precepto es el derecho en sentido subjetivo” y continúa diciendo que: “El Derecho subjetivo es una función del objetivo. Éste es la norma que permite o prohíbe; aquél, el permiso derivado de la norma”. Encontramos en esta definición una de las divisiones del Derecho, cuestión que abordaremos posteriormente; asimismo, no sólo hace referencia al conjunto de reglas sino a su relación con las personas.
El término Derecho es susceptible de asumir diversos significados, generalmente distinguibles por el contexto. En este tenor, Squella (2007, p 22) señala que:
Es un fenómeno cultural , de carácter preferentemente normativo , sustentado en el lenguaje , que regula su propia creación , interpretable a la vez que argumentable , que rige las relaciones de hombres y mujeres que viven en sociedad , y cuya nota identificatoria más específica consiste en la coercibilidad , esto es , en la legítima posibilidad de auxiliarse de la fuerza socialmente organizada para conseguir el cumplimiento de sus normas y , sobre todo , para conseguir una eficaz aplicación de las sanciones o consecuencias adversas o negativas que deban seguir para los sujetos normativos cada vez que el derecho sea incumplido por alguno de estos.
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